El 30 de junio de 2021 el Ministerio para la Transición Ecológica y el Reto Demográfico publicó en el Boletín Oficial del Estado (BOE) el paquete de ayudas directas para la ejecución de programas de autoconsumo y almacenamiento con fuentes de energía renovable RD 477/2021.
El plan de ayudas cuenta con una primera partida presupuestaria de 660 millones de euros que podrán ampliarse hasta los 1.320 millones de euros si existe suficiente demanda. Dichas ayudas estarán disponibles hasta el día 31 de diciembre de 2023.
Cada Comunidad Autónoma establecerá la forma y la fecha a partir de la cual se podrá solicitar la ayuda. En cualquier caso, las ayudas pueden pedirse desde finales de septiembre de 2021. En base a ello, el ministerio ha remitido un breve informe para las comunidades.
Ayudas en la Comunidad Valenciana para el autoconsumo y almacenamiento de energías renovables
El informe de la Comunidad Valenciana indica que esta zona de España recibirá un primer paquete de ayudas de hasta 67,3 millones de euros. Según la demanda, se valorará su ampliación y la cantidad ampliable. Actualmente, el paquete de ayudas está divido en 6 programas según el sector y quien solicite la subvención.
Programa de incentivos 1
El programa 1 apoyará la realización de instalaciones de autoconsumo con fuentes de energía renovables y estará dirigido al sector servicios. Este programa incluye actuaciones fotovoltaicas y eólicas. El presupuesto se repartirá de este modo:
- Sin almacenamiento: 8,9 M €
- Con almacenamiento: 1,7 M €
Programa de incentivos 2
El programa 2 apoyará al mismo tipo de instalación que el programa 1, pero se enfoca en el resto de sectores productivos de la economía y se divide de la siguiente manera:
- Sin almacenamiento: 14,3 M €
- Con almacenamiento: 2,5 M €
Programa de incentivos 3
El tercer programa se enfoca en incorporar los sistemas de almacenamiento en instalaciones de autoconsumo con fuentes de energía renovable ya existentes en el sector servicios y otros sectores productivos. Esta aportación contará con 4,5 M € de presupuesto.
Programa de incentivos 4
El cuarto programa de incentivos se enfoca en el sector residencial, las administraciones públicas y el tercer sector (como ONGs y organismos similares) para que puedan contar con instalaciones de autoconsumo renovables de naturaleza fotovoltaica o eólica. Se divide del siguiente modo:
- Sin almacenamiento: 21,9 M €
- Con almacenamiento: 1,6 M €
Programa de incentivos 5
Al igual que el programa 3, el programa 5 también se centra en incorporar sistemas de almacenamiento en instalaciones de autoconsumo renovable ya existentes. No obstante, al igual que el programa 4, las ayudas van destinadas al sector residencial, las administraciones públicas y el tercer sector. Para estas ayudas habrá disponibles 549.000€.
Programa de incentivos 6
El último programa de ayudas contará con 10,9 M € para la realización de instalaciones de energía renovable térmica en el sector residencial.
¿Quién puede solicitar las ayudas de autoconsumo renovable y almacenamiento?
Los programas 1, 2 y 3 podrán ser solicitados por personas, entidades y empresas que realicen actividades económicas. Por el contrario, los programas 4, 5 y 6 podrán ser solicitados por quienes no realicen ninguna actividad económica, con la excepción de que si incluye a los autónomos, además de a entidades locales y comunidades de propietarios. Los demandantes de las ayudas que establecen los programas 4, 5 y 6 ya pueden comenzar las instalaciones, pues esto sumará puntos a la hora de conseguir la ayuda.
Dichas instalaciones están enfocadas a la energía renovable de autoconsumo y a su almacenamiento. Por lo tanto, es groso de las ayudas irá destinada a instalar placas solares.
Costes elegibles: qué se subvenciona con las ayudas de autconsumo y almacenamiento renovable
Según el Real Decreto las subvenciones cubrirán las siguientes partidas presupuestarias que los proyectos que se presenten:
- Redacción de proyectos, memorias técnicas y costes de gestión del proyecto.
- Dirección facultativa del proyecto.
- Equipos y materiales necesarios.
- Equipamientos electromecánicos e hidráulicos.
- Sistemas eléctricos generales de alta y baja tensión, lo que incluye:
- Línea de evacuación.
- Infraestructuras adicionales necesarias y debidamente justificadas.
- Sistemas de medición en el emplazamiento, sondeos exploratorios y ensayos TRT si se trata de instalaciones geotérmicas.
- Obra civil del proyecto.
- Coordinación de seguridad y salud de la obra y montaje.
- Desmantelamiento de instalaciones anteriores.
- Sistemas de gestión, control y monitorización de de la generación, la acumulación y la demanda energética.
- Gestión de la solicitud de la ayuda.
- Gestión de la justificación para instalar sistemas de autoconsumo renovables y el informe auditor.
- Otras partidas debidamente justificadas como necesarias.
Es importante tener en cuenta que no será elegible ningún coste anterior a la entrada en vigor del paquete de ayudas (30 de junio de 2021). Además, los costes de gestión de la solicitud de la ayuda, la gestión de la justificación y el informe auditor no podrán superar el 7% de la prestación ni un máximo de 7.000 € en su conjunto.
Puedes obtener más información sobre los costes subvencionables en el Anexo III de la publicación de las ayudas.
Requisitos para obtener las subvenciones de autoconsumo y almacenamiento
Todos los requisitos para solicitar las ayudas vienen detallados en el Anexo I de la publicación de las ayudas.
Documentación necesaria para las ayudas de autoconsumo y almacenamiento
Toda la documentación necesaria para solicitar las ayudas vienen detalladas en el Anexo II de la publicación de las ayudas.
Inscripción: https://register.gotowebinar.com/register/863139034181945613